DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES INSTITUCIONALES
PROCEDIMIENTO
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OBJETO
Designar un representante institucional para participar en una cadena, red, consejo con responsabilidades de toma de decisiones.
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ALCANCE
Comisión directiva.
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CONSIDERACIONES GENERALES
3.1 Antecedentes
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Artículo 4 y 21 del Estatuto de CREA.
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Artículo 4: Los medios para cumplir los fines del artículo anterior podrán ser a) crear y fomentar vinculaciones con entidades similares del país y del extranjero [...].
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Artículo 21: Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva [...] apartado “ll)” mantener relaciones con autoridades nacionales, provinciales o municipales, nacionales o extranjeras, con personas o instituciones públicas y privadas, dentro de los límites estatutarios fijados en artículo 2° (objeto).
3.2 Acuerdos
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Representantes institucionales de CREA en cadenas, redes y organizaciones. Cuando CREA forma parte de la gobernanza, conducción o toma de decisiones en espacios de trabajo conjunto con otras organizaciones a nivel nacional y provincial:
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El equipo directivo de la unidad o área correspondiente, a solicitud o invitación de la organización en cuestión, a propuesta de la Comisión Empresaria, o habiendo detectado la oportunidad de participación:
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Eleva a la Comisión Directiva a través del Secretario de CREA (Artículo 24 del Estatuto) la oportunidad de participación en forma sintética y con el aval de los equipos, comisiones y directivos pertinentes.
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Eleva también la propuesta de designación de un miembro CREA con conocimiento, habilidades y disposición para ocupar ese rol. En algunos casos se designa también un miembro CREA suplente y un equipo técnico de soporte.
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Excepciones: Designación del Vocal en el Consejo Directivo de INTA*
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Cuando la representación es de alcance regional, por ejemplo Consejos Regionales de INTA, Comité de Cuencas, Observatorios provinciales:
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Los Vocales con apoyo del Coordinador Regional (y/o los equipos involucrados), elevan a la Comisión Directiva la propuesta de participación, junto a
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La propuesta de designación de un miembro CREA para desarrollar el rol, previo acuerdo con la Mesa de Presidentes regionales y habiendo conversado con los equipos regionales el soporte necesario (mesas técnicas).
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3.3 Comentarios adicionales:
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No todas las participaciones de CREA a través de sus miembros requieren la designación en Comisión Directiva. Por ejemplo, los Consejos Locales Asesores de INTA, que son asesores y no tienen responsabilidad de gobernanza o de toma de decisiones, son designados por la Mesa de Presidentes Regional implicada. A excepción de que, la organización requiera por vías formales, ratificar esta designación.